baja laboral covid CNT Valencia

¿Cómo gestionar una baja laboral por contagio de covid?

Recibimos numerosas consultas con motivo de esta situación y desde CNT València nos gustaría explicaros qué podéis hacer y cuáles son vuestros derechos

La variante ómicron ha multiplicado la incidencia de la covid y, por tanto, también ha aumentado la cantidad de bajas médicas a gestionar por contagios. Se trata de un proceso que la Patronal ha solicitado agilizar para que suponga menos complicaciones para las empresas. ¿Pero qué implica esto para trabajadores y trabajadoras? Os lo contamos por partes:

  1. El gobierno de la Comunitat Valenciana ha implementado su automatización, de manera que inspección de trabajo cursa la baja de una persona directamente cuando se registra que ha dado positivo en el sistema informático de Sanitat y del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
  2. Dicho registro puede darse de tres formas diferentes. Es decir: existen tres vías oficiales para notificar formalmente que alguien ha dado positivo en una prueba PCR o en un test de antígenos. Son las siguientes:
    • Si la prueba PCR o el test de antígenos se realiza en un centro de salud o en los puntos habilitados por Sanitat para hacerlo desde el coche (sin pasar por una consulta). Si el resultado es positivo, se registra automáticamente en el sistema.
    •  Si la prueba PCR o el test de antígenos se realiza en un laboratorio privado. Si el resultado es positivo, este centro está obligado a registrarlo en el sistema.
    • Si el test de antígenos se realiza presencialmente en una oficina de farmacia que ofrezca este servicio, de manera que el personal supervisa el proceso, comprueba su resultado y, en caso de ser positivo, lo notifica en el sistema de Conselleria.
  3. En cualquiera de estos casos, las personas contagiadas pueden acceder a la web que ha habilitado la Conselleria de Sanitat (haced clic AQUÍ) para solicitar su parte de baja y/o para descargarlo si tienen algún problema.
  4. Las bajas por contagio de covid tienen una duración estándar de siete días, por lo que las altas están programadas para que sean automáticas al séptimo día.
  5. Por su parte, dado que todo queda registrado en el sistema informático de Sanitat y del INSS, las empresas también reciben una comunicación automática sobre cada baja y cada alta.

La situación se complica cuando la sintomatología no remite o se agrava, de manera que es necesario solicitar una prórroga de la baja médica. En este caso, hay que reiniciar el proceso (prueba PCR o test de antígenos) o pasar por una consulta médica para que Sanitat tenga constancia de este caso y no se active el alta automáticamente a los siete días. Asimismo, si das negativo pero la sintomatología continúa, también tienen que prorrogarte la baja médica hasta que te mejores.

Por supuesto, la incapacidad temporal por baja médica es un derecho laboral. Si tenéis alguna duda al respecto o consideráis que vuestra empresa no lo está respetando, desde CNT València quedamos a vuestra disposición.