NUESTRO MODELO SINDICAL

La acción sindical de CNT en las empresas se lleva a cabo mediante Secciones Sindicales legalmente constituidas, sin que sea necesario participar en las Elecciones Sindicales para disponer de representación sindical.

En el Estado español, el sistema legal de representación de los trabajadores/as es un sistema dual, que permite la Representación Unitaria (comités de empresa y delegados de personal) y la Representación Sindical (Secciones Sindicales).

Desde CNT pensamos que el modelo de comités de empresa y delegados de personal en la actualidad se ha mostrado ineficaz para resolver los problemas diarios de los trabajadores/as, pues se ha convertido en un modelo que deriva en muchas ocasiones en casos de corrupción sindical. Un modelo caduco que ha quedado desacreditado ante la mayoría de la clase trabajadora por no ser capaz de promover la participación y el control en la toma de decisiones que se acaban delegando en unos pocos «privilegiados».

Por todo ello, CNT opta por el modelo de secciones sindicales como la forma más eficaz de conseguir mejoras laborales y promover la participación entre iguales, y para rechazar las subvenciones del Estado y mantener la independencia.

  • SECCIÓN SINDICALLa mejor alternativa en las empresas

La Sección Sindical está formada por el conjunto de los afiliados/as de CNT en una misma empresa o centro de trabajo. Su composición fomenta la participación real de sus miembros y que no se acabe delegando siempre en las mismas personas, como ocurre con los comités de empresa. La Sección Sindical toma sus decisiones de forma colectiva y horizontal, fomentando que las reivindicaciones que se plantean a la empresa sean las que realmente necesita y quiere la plantilla.

La Sección Sindical debe nombrar a un Delegado/a que será la persona que la representará legalmente y actuará como portavoz ante la empresa. Si la sección sindical lo necesita, también puede nombrar diferentes cargos para que puedan desempeñar todas las tareas necesarias (Secretaría de Prevención de Riesgos, Secretaría de Tesorería y Finanzas, Secretaría de Organización, etc.).

Los cargos de la Sección Sindical no pueden ser despedidos, sancionados, trasladados ni sufrir ningún tipo de discriminación laboral por el mero hecho de desarrollar su actividad sindical, que se encuentra amparada por el derecho fundamental a la libertad sindical. Podría ser declarada la nulidad en los Tribunales.

Todos los cargos nombrados en la Sección Sindical son revocables en cualquier momento por decisión colectiva de la afiliación. Esto permite el control de las actuaciones, evita la corrupción y dota de flexibilidad para cambiar los cargos en cualquier momento por acuerdo de Asamblea. El Delegado/a de CNT no firmará ningún acuerdo que no tenga el respaldo de sus compañeros/as.

Cualquier Sección Sindical de CNT posee los derechos básicos para ejercer su actividad sindical en las empresas: distribuir información laboral fuera de las horas de trabajo, recibir la información que le remite su sindicato y recabar las cuotas de su afiliación. Si la Sección Sindical posee suficiente implantación también puede convocar huelgas y plantear demandas por conflicto colectivo. En algunos sectores, disponen también de derechos adicionales de información y consulta, tablón de anuncios, local sindical, etc.

Una Sección Sindical con implantación y apoyo suficiente siempre tendrá mucha más fuerza que los comités de empresa o delegados de personal. La eficacia se basa en que la plantilla pueda participar en la toma de decisiones y se sienta implicada en las luchas que se planteen.

  • COMITÉS DE EMPRESA Un modelo ineficaz e insolidario

Los Comités de Empresa y Delegados de Personal quitan el protagonismo a los trabajadores y trabajadoras y no dejan espacio para que la plantilla participe, proponga y decida. La plantilla acaba delegando todas las decisiones en unas pocas personas, sin implicación real. Por eso, cuando se convocan movilizaciones de protesta no suelen ser secundadas por la mayoría.

Los miembros de los comités de empresa tienen una duración de 4 años y el proceso de revocación es complejo y difícil de poner en marcha. Se abrogan la representación de toda la plantilla y se acomodan hasta las siguientes elecciones sindicales, evitando los procesos de control. Un modelo que se aleja de la realidad diaria del conjunto de trabajadores/as.

Los sindicatos que se presentan a las elecciones sindicales, reciben subvenciones por representatividad por cada delegado que se elige con sus siglas en las empresas. Esto hace que la mayoría de sindicatos pierdan su independencia y sean desacreditados ante la clase trabajadora.

En empresas de mayor tamaño, los miembros de los comités de empresa tienen la posibilidad de acumular sus horas sindicales para convertirse en liberados/as. Siguen cobrando de la empresa pero sin tener que acudir al trabajo. Esto acaba alejándoles de la realidad laboral y diaria de la plantilla, con privilegios que les diferencia del resto de los trabajadores/as.

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