¿ES POSIBLE TRABAJAR COMO AUTÓNOMO/A Y TENER VACACIONES?

Trabajar por cuenta propia y desconectar unos días es un desafío. Desde SIPA, el Sindicato de Personas Autónomas promovido por CNT València, queremos responder a algunas de las dudas más frecuentes al respecto.

Disfrutar de vacaciones reales es uno de los muchos retos que las personas autónomas afrontan en el ejercicio de su actividad profesional. Es importante saber que la legislación contempla este derecho. Concretamente, en el artículo 14 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, en el cual se especifica que “el trabajador autónomo económicamente dependiente tendrá derecho a una interrupción de su actividad anual de 18 días hábiles”.

Este periodo puede ser ampliado “mediante contrato entre las partes o mediante acuerdos de interés profesional”, pero en ningún caso el cliente o la empresa contratante tiene la obligación de remunerarlo. Esta pausa en los ingresos implica, por tanto, un gran desafío para las personas que trabajan por cuenta propia, quienes igualmente han de asumir gastos fijos, como sería el caso de la cuota mensual. ¿Cómo se puede compatibilizar el derecho a vacaciones y la solvencia económica?

Desde SIPA, el Sindicato de Personas Autónomas promovido por CNT València, queremos ofreceros unas recomendaciones básicas:

  • La planificación es fundamental.

Como persona autónoma puedes escoger periodos de vacaciones con total libertad a lo largo de todo el año, pero tener una previsión (aunque sea aproximada) te ayudará a organizar el flujo de trabajo y distribuir las tareas de la mejor manera posible.

  • Avisa a los clientes con antelación.

Que las personas o empresas con las que trabajas sepan tu disponibilidad es una manera de garantizar que, por una parte, te comuniquen sus necesidades en tiempo para resolverlas antes de tu desconexión y, por otro lado, respeten los días establecidos para tu desconexión.

  • Gestiona una pausa con la Agencia Tributaria.

Como persona autónoma puedes tener “vacaciones fiscales”. Es decir: 30 días de cortesía durante los que no recibirás notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria, de manera que desconectes con tranquilidad. La solicitud debe realizarse con un mínimo de 7 días naturales antes del periodo deseado. Así, evitarás posibles infracciones graves por no responder ante comunicaciones o requerimientos en medio de tu merecido descanso.

  • Delega si tienes oportunidad u ofrece un contacto de emergencia.

Si tu trabajo no entiende de pausas por la naturaleza del servicio que ofreces, puedes buscar a una persona para externalizar tareas mientras disfrutas de las vacaciones. Por supuesto, esto implica que será él o ella quien facturará en este caso, pero es una forma de ofrecer una atención ininterrumpida a los clientes que así lo requieran y, por tanto, de mantenerlos fidelizados. 

Otra alternativa es contar con alguien profesional de una manera más puntual, dando su contacto sólo para casos de emergencia. Así, podrá encargarse de posibles tareas urgentes que surjan durante tu desconexión.

Más allá de estos consejos, está el dilema por excelencia: ¿merece la pena darse de baja como autónomo/a durante las vacaciones? La decisión, por supuesto, depende de ti y de tus circunstancias. Pero desde SIPA te recomendamos que, antes de tomarla, tengas en cuenta las siguientes cuestiones: 

  • Puedes darte de baja hasta tres veces dentro de un mismo año sin ningún problema si no tienes deudas con la Administración Pública.
  • Tienes tres días naturales tras la fecha de baja para hacer oficial tu solicitud y, así, no asumir el cargo de la cuota de autónomo/a total o proporcional.
  • Has de controlar bien el papeleo que conlleva esta gestión, tanto con Hacienda como con la Seguridad Social.
  • Darse de baja implica perder el derecho a bonificaciones, como la tarifa plana.
  • Durante el periodo de baja no puedes facturar ni deducir gastos.
  • Ese tiempo no será cotizado con vistas a una futura jubilación.
  • Tienes la alternativa de cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año.

Si te ha quedado alguna duda, recuerda que en SIPA estamos a tu disposición. Las personas afiliadas tienen un servicio exclusivo de asesoramiento y gestoría por sólo 45 euros al mes. Más información aquí.