Desde los servicios jurídicos de CNT València se ha confeccionado un resumen de las novedades del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo. Se han resaltado los aspectos más importantes en todo lo que concierne a los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena.
Como se puede observar, la norma no solo incluye la prórroga de los ERTE, sino que afecta de forma significativa al consumo de la prestación por desempleo acumulada en determinadas circunstancias.
– Se produce la prórroga automática de los ERTE de fuerza mayor, los de limitación e impedimento de la actividad hasta el 31 de mayo de 2021.
– IMPORTANTE sobre el desempleo: NO se considera consumido en ningún caso el paro acumulado en los ERTE hasta el 30 de septiembre de 2020. Tampoco se considera consumido hasta el 1 de enero de 2022 si se produce un despido declarado improcedente, despido objetivo o finalización de contrato temporal. Por eso es tan importante que si os hacen un despido disciplinario contacteis con el sindicato para impugnar y conseguir la improcedencia.
– En ningún caso afectará a las prestaciones que se inicien a partir del 1 de octubre de 2026. Parece ser que en los ERTE por causas objetivas sí que se consume el desempleo desde el 1 de octubre de 2020.
– SÍ que se considera consumido el desempleo si se solicta un nuevo derecho entre el 2 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2026. Se mantiene el criterio seguido en el RDL 30/2020.
– El procedimiento de los ERTE por causas objetivas continúa siendo el mismo. Se mantiene la prohibición de efectuar despidos con la causa de la covid-19 durante 6 meses más si la empresa recibe exoneración es fiscales, y la prohibición de realizar horas extras, contrataciones nuevas o externalización. Se interrumpe la duración de todos los contratos temporales durante los ERTE de jornada completa hasta el 31 de mayo.
– Se permite compatibilizar un trabajo a tiempo parcial con estar afectado por un ERTE sin reducción de la prestación hasta el 31 de mayo.
– Se prorroga la posibilidad de solicitar prestación extraordinaria para los fijos discontinuos hasta el 31 de mayo.
– Se extiende la posibilidad de solicitar medidas de conciliación familiar del Plan MeCuida hasta el 31 de mayo.