Muchas personas desarrollan un trabajo por cuenta ajena (a media jornada, sobre todo) y lo complementan con más actividad profesional por cuenta propia. Y viceversa: hay gente autónoma que, en un momento dado, decide acceder a una contratación para completar sus ingresos o tener una base económica con cierta estabilidad. ¿Te identificas con alguna de estas situaciones? ¡Hablemos de pluriactividad entonces!
En primer lugar, aclaremos el concepto: la pluriactividad es “ la situación del/a trabajador/a por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social”. Cabe matizar que no es lo mismo que el pluriempleo.
Dudas más frecuentes
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